Promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas de la minería del carbón y su entorno con el fin último de generar actividades económicas alternativas a la minería del carbón, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo en dichas zonas, para incentivar su desarrollo.
Son ayudas a fondo perdido a la inversión de proyectos empresariales generadores de empleo, en una serie de convocatorias anuales y sucesivas que comprenden los años 2021 a 2023, a las que se pueden acoger personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos con un proyecto de inversión.
Los proyectos empresariales beneficiarios son, en general, aquellos de actividades industriales y agroindustriales, así como de servicios industriales a las empresas, hoteles y actividades relacionadas con el turismo rural, el ocio, el medio ambiente y el tiempo libre, además de aquellos proyectos del sector servicios destinados al desarrollo de la sociedad de la información, de la innovación y de las nuevas tecnologías.
Se excluirán, en todo caso, las actividades de: bares, restaurantes, concesionarios de automóviles, comercio minorista, lavanderías, peluquerías, tintorerías, despachos profesionales y consultoría, empresas de promoción de viviendas o suelo, inmobiliarias, de construcción, agencias de colocación, agencias de trabajo temporal o empresas de apuestas.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través del Instituto para la Transición Justa (ITJ). El Instituto Aragonés de Fomento (IAF) es el organismo colaborador del ITJ para la gestión de esta línea de ayudas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
No iniciar las inversiones ni contratar personal antes de que el ITJ lo notifique expresamente al interesado
Una inversión mínima de 100.000,00€ y la creación de, al menos, 3 puestos de trabajo.
* El requisito de creación de empleo podrá reducirse, con carácter excepcional, en los municipios incluidos en el anexo I; Albalate del Arzobispo, Alcorisa, Alloza, Andorra, Ariño, Calanda, Cañizar del Olivar, Castellote, Escucha, Estercuel, Foz-Calanda, Gargallo, Montalbán, Palomar de los Arroyos, Utrillas y Mequinenza.
El proyecto debe contar con una financiación privada de, al menos, el 25% de la inversión aprobada. Además deberá acreditar al menos el 5% de la inversión subvencionable. La acreditación de este requisito deberá realizarse en el momento de solicitud de la ayuda.
En ningún caso se podrán considerar como subvencionables los gastos relativos a impuestos, licencias y tasas.
No serán subvencionables los bienes que no sean nuevos o de primer uso o primera adquisición excepto en el caso de una pyme. En caso de adquisición de activos que no sean de primer uso o de primera adquisición deberá acreditarse que dicha adquisición se realiza a precios de mercado,mediante la correspondiente certificación emitida por un tasador oficial.
Huesca:
Fraga y Torrente de Cinca
Teruel:
Aguaviva, Alacón, Albalate del Arzobispo, Alcaine, Alcañiz, Alcorisa, Aliaga, Alloza, Alpeñés, Anadón, Andorra, Ariño, Belmonte de San José, Berge, Bordón, Calanda, Camarillas, Cañada Vellida, Cañizar del Olivar, Castel de Cabra, Castellote, Castelserás, Cosa, Crivillén, Cuevas de Almudén, Ejulve, Escucha, Estercuel, Fornoles, Fortanete, Foz-Calanda, Fuenferrada, Fuentes Calientes, Galve, Gargallo, Híjar, Hinojosa de Jarque, Jarque de la Val, La Cañada de Verich, La Cerollera, La Codoñera, La Ginebrosa, La Hoz de La Vieja, La Mata de los Olmos, La Zoma, Las Parras de Castellote, Los Olmos, Lidón, Maicas, Martín del Río, Mas de las Matas, Mezquita de Jarque, Miravete de la Sierra, Molinos, Monroyo, Montalbán, Muniesa, Obón, Oliete, Palomar de Arroyos, Pancrudo, Perales de Alfambra, Pitarque, Ráfales, Rillo, Salcedillo, Segura de Baños, Seno, Torre de las Arcas, Torre los Negros, Torrecilla del Rebollar, Torrevelilla, Urrea de Gaén, Utrillas, Villanueva de Rebollar de la Sierra, Villarluengo, Villarroya de los Pinares, Visiedo y Vivel del Río Martín.
Zaragoza:
Caspe, Fabara, Fayón, Lécera, Mequinenza y Nonaspe
Mantenimiento del empleo durante 3 años y de las inversiones durante 3 años (5 para grandes empresas).
En caso de proyectos plurianuales, se puede ir cobrando la parte proporcional de la ayuda una vez se haya ejecutado el 25% de la inversión (previa formalización de garantías/aval bancario), del 40 al 80% de las inversiones (sin necesidad de aval) o el 100% al finalizar las inversiones y la creación de empleo.
Se podrá solicitar el pago adelantado de hasta un 85% de la ayuda concedida previa constitución de garantía a favor del ITJ por el importe de la ayuda concedida y anticipada, y los intereses de demora, desde el momento de la concesión del anticipo hasta el final del plazo establecido para el mantenimiento del empleo comprometido
ORDEN TED/1294/2020, de 29 de diciembre, publicada en el BOE de 31 de diciembre de 2020. (PDF 768 kB)
Orden TED/341/2021, de 8 de abril, que modifica la Orden TED/1294/2020 publicada en BOE de 12 de abril de 2021 (PDF 527 kB)
Convocatoria, RESOLUCIÓN PENDIENTE DE PUBLICACIÓN.
El IAF es el organismo colaborador con el ITJ para el trámite de recogida de solicitudes, asesoramiento y evaluación técnica y financiera de los proyectos presentados en cada una de las convocatorias, así como el seguimiento y verificación de las condiciones aprobadas para dichos proyectos.
Se deberán presentar las solicitudes telemáticamente, dentro del plazo establecido, a través de la dirección electrónica, https://sede.transicionjusta.gob.es/servicios_electronicos/Procedimientos_en_Linea/index-ides-idweb.asp .
Instituto Aragonés de Fomento (C/ Valenzuela 9, 50004 Zaragoza)
Pendiente de publicación de convocatoria